Al obtener la nacionalidad española conviene aclarar de antemano qué nombre y apellidos se inscribirán en los documentos españoles. Esto es especialmente importante si cambió de apellido después del matrimonio, si los datos del pasaporte y del certificado de nacimiento no coinciden o si su nombre puede transcribirse al alfabeto latino de varias formas.
A continuación explicamos qué conviene comprobar antes de practicar la inscripción en el Registro Civil y qué hacer si la discrepancia se detecta cuando la inscripción ya se ha realizado. Los requisitos y el procedimiento completo para obtener la nacionalidad se explican en la guía principal sobre la nacionalidad española.
Empiece comparando los documentos. Si los apellidos son distintos, busque el documento que explique el cambio. Si el nombre aparece escrito de forma diferente, compruebe de dónde procede cada variante. Así será más fácil entender de antemano qué cuestión debe resolverse al inscribir sus datos.
Cómo se inscriben el nombre y los apellidos al adquirir la nacionalidad
El nombre suele inscribirse tomando como referencia el certificado de nacimiento extranjero. Para determinar los apellidos se tienen en cuenta los datos de los progenitores y las normas españolas. Por eso no debe darse por hecho que el nombre y el apellido que figuran en el pasaporte extranjero se trasladarán literalmente y sin cambios.
En una inscripción española ordinaria se utilizan dos apellidos. Según la información del Ministerio de Justicia para extranjeros que adquieren la nacionalidad, el esquema inicial parte del primer apellido del padre y del primer apellido propio de la madre. Se trata del apellido de origen de la madre, no del apellido que pudiera haber adquirido después del matrimonio.
Los datos de los progenitores, el orden de los apellidos y la posibilidad de conservar los apellidos que ya se utilizan deben analizarse conjuntamente. Si este esquema no encaja con su situación familiar, conviene aclarar cómo debe realizarse la inscripción antes de que se practique.
Fuente:
información del Ministerio de Justicia sobre la inscripción del nombre y los apellidos.
La inscripción corresponde al Registro Civil. No obstante, las declaraciones necesarias para adquirir la nacionalidad también pueden realizarse ante notario. Los pasos posteriores, la obtención del certificado de nacimiento, el DNI y el pasaporte se explican en la guía sobre qué hacer después de obtener la nacionalidad española.
¿Se pueden conservar los apellidos que ya utiliza?
La ley contempla esta posibilidad. Según el artículo 56 de la Ley 20/2011, al adquirir la nacionalidad puede declararse la voluntad de conservar los apellidos en una forma distinta de la que resultaría de las reglas españolas. Los apellidos que se pretendan conservar no pueden ser contrarios al orden público internacional español.
Por tanto, el simple deseo de mantener un apellido habitual no permite cualquier forma de inscripción. Es necesario comprobar la forma concreta de los apellidos y los documentos que acreditan que efectivamente se utilizan de ese modo.
Cuándo declarar la conservación
El artículo 56 permite efectuar esta declaración al adquirir la nacionalidad o dentro de los dos meses siguientes a su adquisición, así como después de alcanzar la mayoría de edad en el supuesto previsto legalmente. En la práctica conviene plantear la conservación de los apellidos durante la preparación de la inscripción. Si la nacionalidad ya se ha adquirido, debe comprobarse desde qué fecha se calcula el plazo en su caso concreto.
La declaración de conservación se refiere a los apellidos que ya utiliza. No significa que al adquirir la nacionalidad pueda elegir cualquier otro apellido.
Si cambió de apellido después del matrimonio
Primero reconstruya la historia del apellido: cuál tenía al nacer, por qué motivo cambió y cuál utiliza actualmente. Después debe analizarse por separado cómo debe quedar inscrito el apellido al adquirir la nacionalidad.
Ejemplo para comparar los documentos
En el certificado de nacimiento figura el apellido Gagarina, mientras que en el pasaporte y en la TIE figura Shulman. Si el apellido cambió después del matrimonio, el certificado de matrimonio o el documento que acredite el cambio debe explicar la relación entre ambas inscripciones.
Esta diferencia por sí sola no significa necesariamente que exista un error. Sin embargo, el documento que acredita el cambio de apellido y la declaración de conservación resuelven cuestiones distintas. La posibilidad de conservar una forma concreta del apellido debe analizarse por separado.
No solicite una apostilla de forma automática. Los requisitos de un documento extranjero dependen del país que lo expidió, del tipo de documento y de las normas internacionales aplicables. Además, una exención de apostilla no resuelve por sí sola la cuestión de si es necesaria una traducción.
Las excepciones al requisito de apostilla están previstas en el artículo 3 del Convenio de La Haya. Las particularidades de los documentos rusos se explican en el artículo sobre la nacionalidad española para ciudadanos rusos.
Si antes tenía un solo apellido
El hecho de que en el pasaporte extranjero figure un solo apellido no permite determinar de antemano cómo quedará la futura inscripción española. Primero se comprueban los datos de los progenitores y la posibilidad de conservar los apellidos que se utilizan.
La información del Ministerio contempla la duplicación del único apellido cuando no sea posible determinar otros apellidos por razón de la filiación o cuando no pueda acreditarse la identidad de los progenitores. Por ello tampoco es correcto duplicar automáticamente un apellido único en todos los casos.
Las condiciones de inscripción y los límites aplicables a la conservación de los apellidos se explican en el apartado 2 del documento Requisitos de la inscripción. La solución concreta debe contrastarse con la normativa vigente y con sus documentos.
Cómo escribir el nombre: transliteración, equivalencia y cambio de nombre
Pedir que el nombre se inscriba de otra forma puede referirse a situaciones diferentes. Por eso primero hay que determinar con precisión qué resultado se pretende conseguir.
- Representar el mismo nombre con caracteres latinos. La transliteración y la transcripción se utilizan para trasladar un nombre desde otro sistema de escritura. La información oficial también contempla, en determinados casos, una adaptación ortográfica de la escritura y de la pronunciación.
- Utilizar el equivalente del nombre en alguna de las lenguas españolas. Existe una previsión específica en el artículo 50.4 de la Ley 20/2011. Debe distinguirse entre comprobar si el nombre elegido constituye realmente ese equivalente y el simple deseo de utilizar una variante que resulte más fácil de pronunciar.
- Cambiar a otro nombre. El procedimiento general regulado en el artículo 52 de la Ley 20/2011 exige acreditar el uso habitual del nuevo nombre y cumplir los demás requisitos establecidos. Este requisito no puede aplicarse automáticamente a cualquier corrección de la escritura o a la sustitución del nombre por su equivalente lingüístico.
Compare el nombre que figura en el certificado de nacimiento, el pasaporte, la TIE y la traducción. Si quiere utilizar otra variante, escríbala exactamente como pretende que aparezca y determine de antemano cuál es la base de su solicitud. El hecho de que la variante elegida coincida con un nombre español habitual no explica por sí solo qué regla permite inscribirla.
Reglas sobre la inscripción inicial y la representación del nombre con caracteres latinos: apartado «Nombre» de la información del Ministerio de Justicia.
Qué datos conviene comprobar antes de la inscripción
Coloque juntos el pasaporte, la TIE, el certificado de nacimiento y la traducción. Si el apellido cambió, añada los documentos que expliquen ese cambio. Si ya existe una inscripción española, incluya también en la comparación el certificado expedido a partir de ella.
| Qué comparar | Qué conviene revisar |
|---|---|
| Nombre | Todas las partes del nombre, su orden y su escritura con caracteres latinos. Compruebe que no se hayan confundido el nombre y el patronímico, que no falte ninguna parte y que no exista una anotación adicional injustificada. |
| Apellidos | Qué apellido tenía al nacer, si posteriormente cambió, cuántos apellidos figuran actualmente y en qué orden. |
| Datos de los progenitores | Qué apellidos figuran para los progenitores y si su procedencia puede seguirse a través de los documentos. |
| Fecha y lugar de nacimiento | Compruebe que coincidan la fecha, la localidad y el país. Si el nombre del lugar cambió o la traducción utiliza otra variante, anótelo para revisarlo. |
| Traducción | Compruebe si reproduce fielmente los datos del documento original. Revise si aparece un apellido que no existe en el original o una variante diferente del nombre sin explicación. |
| Historial de cambios | Compruebe si existe un documento que relacione el apellido anterior con el actual y si puede seguirse la secuencia de cambios cuando hubo más de uno. |
El objetivo de esta comparación es poder explicar cada diferencia. No es necesario intentar que todas las inscripciones sean artificialmente idénticas sin tener en cuenta la historia documental. El apellido anterior y posterior al matrimonio puede ser distinto por una razón válida. Una errata o una traducción inexacta requieren una revisión específica.
Esta lista sirve para preparar la comprobación de los datos, pero no constituye una relación obligatoria de documentos para todos los casos.
Qué hacer si ya ha detectado una discrepancia
Primero determine exactamente dónde apareció la diferencia. De ello dependerá dónde debe dirigirse y qué documentos serán necesarios para comprobarla.
- Inexactitud en la traducción. Compare la traducción con el original y pida al traductor que revise el dato concreto.
- Posible error en la inscripción española. Prepare el certificado, los documentos originales y una breve explicación de la discrepancia detectada. Consulte en el Registro Civil cómo solicitar la revisión y, si se confirma el error, su rectificación.
- La inscripción coincide con los documentos, pero quiere otro nombre o apellido. Esta situación no debe tratarse de antemano como una simple corrección de una errata. Hay que determinar qué procedimiento de modificación o conservación de datos resulta aplicable a su caso.
- Se ha denegado la inscripción solicitada. Revise la resolución escrita y las vías de recurso que se indiquen en ella. Esta cuestión debe distinguirse de una denegación de la propia nacionalidad.
Si la duda aparece antes de tramitar el DNI, conviene comprobar primero si los datos del certificado español de nacimiento son correctos. Después será más fácil determinar qué datos deben utilizarse en los documentos posteriores.
Cómo relacionar los documentos anteriores con los nuevos
Después de pasar del NIE al DNI, algunas entidades pueden necesitar una prueba de que ambos números corresponden a la misma persona. Para ello se utiliza el certificado de concordancia DNI/NIE, expedido por la Policía Nacional.
Este documento no es obligatorio en todos los casos para todos los bancos u organismos. Por ejemplo, la DGT contempla la comprobación electrónica de la relación entre NIE y DNI. En una gestión presencial se exige la acreditación policial cuando el interesado no autoriza dicha comprobación.
Si el problema consiste en un error en el nombre o los apellidos, primero debe determinarse la causa de la discrepancia. Acreditar la relación entre los números de los documentos no sustituye la comprobación de que la inscripción sea correcta.
El procedimiento para actualizar los datos en la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, los bancos y otros organismos se explica en la guía general sobre qué hacer después de obtener la nacionalidad.
Qué comprobar antes del siguiente paso
- ¿Tiene claro qué nombre y apellidos deben figurar en la inscripción española?
- ¿Los documentos explican todos los cambios de apellido y las diferencias en la escritura del nombre?
- ¿Se ha analizado la conservación de los apellidos que utiliza y se ha comprobado el plazo para realizar la declaración, si resulta necesaria?
- ¿Ha comprobado los datos del certificado español definitivo antes de tramitar los siguientes documentos?
¿No consigue aclarar la discrepancia? Indique qué datos figuran en el pasaporte y en el certificado, si cambió de apellido y si ya existe una inscripción española. Así será más fácil determinar cuál es el siguiente paso adecuado para su situación.
Consultar mi caso