En España la protección temporal se llama protección temporal. La mayoría de las veces, este procedimiento afecta a ciudadanos de Ucrania que recibieron protección en España después del inicio de la guerra.
A veces un ciudadano ucraniano necesita renunciar a la protección temporal en España. Por ejemplo, si se ha trasladado a vivir a otro país, ha obtenido otro estatus migratorio o ya ha pasado de la protección temporal a otro tipo de residencia. Si solo está planificando ese cambio, primero lea el análisis sobre cómo pueden los ucranianos pasar de la protección temporal a una residencia en España.
Es importante entenderlo bien: la renuncia no se produce automáticamente solo porque la persona haya salido de España, haya dejado de utilizar la tarjeta TIE o no haya acudido a la policía. Si es necesario dejar constancia oficial de la renuncia, hay que presentar una solicitud ante la administración española.
Resumen esencial
Si un ciudadano ucraniano ya obtuvo la protección temporal en España y quiere renunciar oficialmente a ella, debe presentar una renuncia a la protección temporal concedida ante el Ministerio del Interior. Si la solicitud de protección temporal todavía no ha sido aprobada, no se utiliza renuncia, sino desistimiento.
- La renuncia a la protección temporal no se produce automáticamente por salir de España, no utilizar la TIE o no acudir a la policía.
- Si la protección temporal ya fue concedida, en el formulario oficial hay que marcar la opción “Renuncio a la protección temporal concedida”.
- La solicitud se dirige a la Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia, Ministerio del Interior, código DIR3: EA0054388.
- La renuncia puede presentarse online a través del Registro Electrónico General, si se dispone de certificado digital o Cl@ve, o presencialmente a través de una oficina de asistencia en materia de registros.
- Normalmente se adjuntan el formulario oficial, un escrito separado de renuncia, copia de la TIE por ambas caras y el resguardo u otro documento con el número de expediente, si se tiene.
- Después de la presentación es imprescindible descargar y conservar el justificante de presentación. Este documento confirma que la renuncia fue presentada oficialmente.
- El justificante de presentación puede ser necesario para mostrarlo en otro país de la UE, por ejemplo al trasladarse y solicitar allí la protección temporal.
- Si la renuncia está relacionada con el cambio a otra residencia en España, no conviene renunciar a la protección temporal por adelantado. Primero hay que esperar la resolución favorable de la nueva residencia y solo después presentar la renuncia.
- Antes de renunciar, es importante revisar las consecuencias para el derecho de residencia, trabajo, asistencia sanitaria, ayudas sociales y futuros procedimientos migratorios.
Qué significa la renuncia a la protección temporal
Si la protección temporal ya fue concedida, se utiliza la fórmula:
Renuncia a la protección temporal concedida
Esto significa la renuncia voluntaria a una protección temporal ya concedida en España.
Existe un término parecido:
Desistimiento
Pero se utiliza en otra situación. El desistimiento significa renunciar a una solicitud que todavía está en trámite. Por ejemplo, una persona presentó los documentos para la protección temporal, pero la resolución todavía no se ha dictado.
Por eso, primero hay que entender en qué fase se encuentra la persona.
Si la solicitud todavía está en trámite, corresponde el desistimiento.
Si la protección ya fue concedida, corresponde la renuncia.
Si la persona ya tiene una TIE con la mención “PROTECCIÓN TEMPORAL DESPLAZADOS”, normalmente estamos hablando precisamente de una renuncia.
En el formulario oficial, en ese caso hay que marcar la opción:
Renuncio a la protección temporal concedida
Por qué es importante elegir la opción correcta
Un error al elegir la opción puede crear confusión. Por ejemplo, si una persona ya obtuvo la protección temporal, pero marca solo “desisto de mi solicitud”, la administración puede interpretar la solicitud como una renuncia a una petición todavía no resuelta, aunque el estatus ya haya sido concedido.
Por eso, la lógica es la siguiente:
- si el estatus ya está concedido, hay que presentar una renuncia;
- si el estatus todavía no está concedido, es decir, si aún no hay resolución, hay que presentar un desistimiento;
- si la persona no está segura de si la protección ya fue concedida, debe revisar la TIE, el resguardo, las notificaciones en Carpeta Ciudadana o los documentos del expediente.
Qué formulario hay que rellenar
Si se trata de renunciar a la protección temporal para ucranianos en España, es mejor no limitarse a un escrito libre y utilizar el formulario oficial del Ministerio del Interior para desistimiento o renuncia de protección temporal. Se llama:
Desistimiento o renuncia a la solicitud/concesión de protección temporal
Este formulario sirve para comunicar oficialmente a la administración española que la persona renuncia a la protección temporal o a la solicitud de protección temporal.
Con este formulario no hay que acudir a la Policía Nacional para tramitar una nueva tarjeta o entregar la TIE. La Policía Nacional se ocupa, entre otras cosas, de la expedición de tarjetas, pero la renuncia a la protección temporal se dirige al Ministerio del Interior.
El formulario debe rellenarse, firmarse y presentarse ante el órgano correspondiente.
Dónde se dirige la solicitud
La solicitud se dirige a:
Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia
Código DIR3: EA0054388
Ministerio del Interior
El código EA0054388 es importante porque permite al registro electrónico identificar el órgano destinatario correcto. Al presentar la solicitud a través del Registro Electrónico General, conviene fijarse no solo en el nombre del órgano, sino también en este código.
Cómo se puede presentar la renuncia
Hay dos formas principales.
Primera forma: online a través del Registro Electrónico General.
Es la opción más cómoda si la persona tiene certificado digital o Cl@ve.
El Registro Electrónico General es el registro electrónico oficial de España. A través de él se puede enviar la solicitud y los documentos al órgano administrativo sin acudir presencialmente.
Después del envío, el sistema emite un justificante de presentación. Es la prueba de que los documentos fueron presentados oficialmente.
Segunda forma: presencialmente a través de una oficina de asistencia en materia de registros.
Esta opción sirve si la persona no tiene certificado digital, Cl@ve o posibilidad de presentar los documentos online. En ese caso, debe acudir a un registro oficial con los documentos preparados y pedir que se remitan al órgano EA0054388.
Qué hay que indicar en el formulario
En el formulario oficial normalmente se rellenan:
- NIE
- número de expediente de protección temporal
- apellidos
- nombre
- nacionalidad
- teléfono o correo electrónico
- documentos que se adjuntan
- opción elegida de renuncia o desistimiento
- firma
Si la protección ya fue concedida, hay que marcar:
Renuncio a la protección temporal concedida
Es mejor no dejar vacío el campo de la firma. Aunque los documentos se presenten online con certificado digital, conviene firmar también el propio formulario.
Dónde encontrar el número de expediente
El número de expediente puede aparecer en el antiguo resguardo, en la notificación de concesión de la protección temporal, en los documentos de Carpeta Ciudadana o en otros documentos que la persona haya recibido después de presentar la solicitud.
En la práctica, el número de expediente suele encontrarse en la parte inferior del resguardo. Puede figurar como expediente O.A.R.
Si se tiene el número de expediente, es mejor indicarlo siempre en el formulario. Esto ayuda a la administración a vincular más rápido la solicitud con el expediente concreto.
Si no se ha podido encontrar el número de expediente, la renuncia puede prepararse igualmente indicando el NIE, nombre, apellidos, nacionalidad y adjuntando copia de la TIE. Pero en ese caso conviene revisar con especial cuidado que los datos personales estén indicados sin errores.
Qué documentos hay que adjuntar
Normalmente se prepara un único archivo PDF que incluye:
- formulario oficial de renuncia;
- escrito separado de renuncia voluntaria;
- copia de la TIE por ambas caras;
- resguardo u otro documento donde conste el número de expediente, si existe.
El escrito separado no siempre es obligatorio, pero en la práctica ayuda a explicar mejor la situación. Por ejemplo, en él se puede indicar que la persona se ha trasladado a vivir a otro país y ya no necesita mantener la protección temporal en España.
En la descripción del archivo adjunto se puede escribir:
Formulario oficial de renuncia, escrito de renuncia, copia de TIE y resguardo de solicitud de protección temporal.
Qué escribir en el campo Asunto
En el campo Asunto se puede indicar:
RENUNCIA A LA PROTECCIÓN TEMPORAL CONCEDIDA
Si se tiene número de expediente, se puede añadir en Expone o en el texto de la solicitud.
Qué escribir en el campo Expone
En el campo Expone hay que explicar brevemente la situación.
Por ejemplo:
Que la persona interesada es titular de una autorización de residencia temporal por protección temporal de personas desplazadas en España.
Que, por haberse trasladado a vivir a otro país, ya no necesita mantener dicha protección temporal.
Que se adjunta formulario oficial de renuncia, escrito de renuncia, copia de TIE y documentación acreditativa.
Qué escribir en el campo Solicita
En el campo Solicita se puede escribir:
Que se tenga por presentada la renuncia expresa, libre y voluntaria a la protección temporal concedida en España, y se proceda a la baja, cancelación o archivo correspondiente en el expediente de protección temporal.
Qué hacer si en la TIE aparece una fecha antigua
Muchas personas tienen en la TIE una fecha de validez antigua. Esto no siempre significa que la protección temporal ya haya terminado.
Para las personas que recibieron protección temporal como consecuencia de la guerra en Ucrania, la validez de la TIE fue prorrogada automáticamente hasta el 4 de marzo de 2027.
Por eso, en la solicitud se puede escribir que la persona es titular de protección temporal, cuya validez ha sido prorrogada directa y automáticamente hasta el 04/03/2027.
Esto es más preciso que limitarse a indicar la fecha antigua impresa en la tarjeta.
Cuándo sirve esta instrucción
Esta instrucción sirve si la persona ya recibió la protección temporal en España y quiere renunciar oficialmente a ella.
Por ejemplo:
- la persona se trasladó a vivir a otro país;
- la persona ya no quiere mantener la protección temporal en España;
- la persona necesita acreditar que ha presentado una renuncia oficial;
- la persona tiene una TIE con la mención “PROTECCIÓN TEMPORAL DESPLAZADOS”.
Práctica: cuándo realmente se necesita renunciar a la protección temporal
En la práctica, la renuncia a la protección temporal en España no suele necesitarse por sí sola, sino por otra situación migratoria. Por ejemplo, una persona se traslada a otro país de la UE, obtiene un nuevo estatus o debe demostrar que ya no tiene intención de mantener la protección temporal en España.
A continuación se presentan dos ejemplos prácticos que muestran bien para qué puede hacer falta la renuncia y por qué es importante preparar correctamente los documentos.

Caso 1. Traslado de España a Bélgica y solicitud de protección temporal allí
En mi práctica hubo un caso en el que una mujer salió de España y se trasladó a vivir a Bélgica. Para poder solicitar la protección temporal ya en Bélgica, necesitaba acreditar que había declarado oficialmente su renuncia a la protección temporal en España.
Para ello, en España se presentó una solicitud a través del Registro Electrónico General. Después de la presentación, recibió un justificante de presentación. En este justificante constan la fecha y hora de presentación, el número de registro, el órgano destinatario y el objeto de la solicitud. En este caso, la solicitud fue dirigida como renuncia a la protección temporal concedida.
Ese justificante puede utilizarse como prueba de que la persona ya ha presentado la solicitud de renuncia en España. Esto es especialmente importante cuando otro país de la UE pide demostrar que la persona solicitante no intenta mantener al mismo tiempo la protección temporal en dos Estados.
Al mismo tiempo, hay que entender que el justificante de presentación no es una resolución definitiva de extinción de la protección temporal. Es una prueba de presentación de documentos. La notificación definitiva o la tramitación de la solicitud por parte de la administración puede llegar más tarde.
Caso 2. Padre e hija después de obtener estatus en Portugal
En otro caso, un padre y su hija menor de edad renunciaron a la protección temporal en España después de que la familia obtuviera un nuevo estatus jurídico en Portugal.
Respecto al padre, se presentó una solicitud de renuncia por traslado a otro país. En la solicitud se indicaba que tenía protección temporal como persona desplazada, pero que después del traslado ya no necesitaba mantener esa protección en España.
Por separado, se presentó una solicitud respecto a la hija menor de edad. En su caso, en el justificante se indicaba que el padre había adquirido la nacionalidad portuguesa y que, por ese motivo, se solicitaba el cese de la protección para la menor.
Este ejemplo es importante como advertencia. Si una persona está tramitando un nuevo estatus en otro país de la UE, especialmente nacionalidad, protección temporal u otro procedimiento migratorio, no conviene llevar trámites paralelos en dos países sin una valoración jurídica previa.
En la práctica, esto puede crear confusión: en los documentos pueden mezclarse los conceptos de protección temporal, protección internacional, desistimiento y renuncia. Para los ucranianos que ya recibieron protección temporal en España, normalmente es más correcto hablar de renuncia a la protección temporal concedida, si se trata de renunciar a un estatus ya concedido.
Por eso, antes de presentar la renuncia, es importante comprobar qué estatus tiene ahora la persona, si ya tiene un nuevo estatus en otro país y si la renuncia puede afectar a futuros procedimientos migratorios.
Cuándo hay que tener más cuidado
Hay situaciones en las que es mejor revisar primero los documentos o recibir asesoramiento.
Por ejemplo:
- la persona no está segura de si la protección temporal ya fue concedida;
- la persona tiene otro procedimiento migratorio en curso en España;
- la renuncia se necesita para presentar documentos en otro país;
- la persona tiene hijos menores de edad vinculados al mismo expediente;
- la persona no entiende qué consecuencias puede tener la renuncia para su derecho de residencia, trabajo, asistencia sanitaria, ayudas sociales o futura línea de residencia legal en España.
En estos casos, es mejor no presentar la renuncia de forma mecánica. Primero hay que entender qué estatus tiene la persona ahora, para qué necesita exactamente la renuncia y si puede afectar a futuros procedimientos. Si la persona planea solicitar la nacionalidad en el futuro, es importante entender si la protección temporal de los ucranianos computa para obtener la nacionalidad española.
También es importante no confundir la protección temporal con el estatuto de refugiado: son regímenes jurídicos diferentes. Lo explico con más detalle en el artículo sobre la nacionalidad española para refugiados.
Qué es el justificante de presentación
Después de presentar la solicitud a través del registro electrónico, el sistema emite un justificante de presentación.
Es una prueba de presentación. Hay que descargarlo y conservarlo obligatoriamente.
En el justificante normalmente constan:
- número de registro;
- fecha y hora de presentación;
- órgano al que se han dirigido los documentos;
- datos de la persona solicitante;
- lista de archivos adjuntos.
El justificante no siempre significa que la administración ya haya tramitado la renuncia. Confirma el hecho de que los documentos fueron presentados.
Pero es una prueba importante: la persona puede demostrar que declaró oficialmente su renuncia voluntaria a la protección temporal en España.
Llega una respuesta separada
A veces la administración puede enviar una notificación o resolución. Pero una respuesta separada puede no llegar inmediatamente.
Por eso, después de la presentación hay que conservar:
- justificante de presentación;
- copia de la solicitud enviada;
- copia de todos los documentos adjuntos.
También se pueden revisar periódicamente las notificaciones en Carpeta Ciudadana o DEHú.
Errores frecuentes
Primer error: acudir con este asunto a la Policía Nacional, aunque la solicitud debe dirigirse al Ministerio del Interior.
Segundo error: elegir desistimiento cuando la protección ya fue concedida.
Tercer error: no indicar el número de expediente, aunque aparezca en el antiguo resguardo.
Cuarto error: no firmar el formulario.
Quinto error: enviar los documentos al órgano incorrecto. En la presentación electrónica hay que elegir la Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia, código EA0054388.
Sexto error: no descargar el justificante después de la presentación.
Conclusión práctica
Para que un ucraniano renuncie oficialmente a la protección temporal en España, hay que preparar una solicitud y presentarla ante el Ministerio del Interior. Pero si la renuncia no está relacionada con un traslado a otro país, sino con el cambio a un nuevo estatus en España, primero hay que esperar la resolución favorable de la nueva residencia y solo después tramitar la renuncia.
La forma más cómoda es presentar los documentos online a través del Registro Electrónico General.
Lo principal es comprobar:
- que el formulario oficial esté rellenado;
- que se haya elegido la opción “Renuncio a la protección temporal concedida”;
- que los documentos se dirijan al órgano EA0054388;
- que el formulario esté firmado;
- que después del envío se haya conservado el justificante de presentación.
Así la persona podrá acreditar que ha declarado oficialmente su renuncia voluntaria a la protección temporal en España.